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Reglamento Interno














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Reglamento Interno de la ACIP

 

1º.- Los Socios deberán abonar la cantidad de 30€ anuales para todos los gastos a lo largo del año de envío de material a los mismos. ( Todo quedará reflejado en el listado de entradas y salidas realizado por el Tesorero y que se pondrá a disposición de los socios)

 

2º.- Los Socios tendrán derecho a participar en todas las actividades programadas y organizadas por la Asociación Cordobesa de Investigaciones Parapsicológicas (ACIP), salvo en el Gabinete de Investigación (y las actividades que de éste deriven) que es de uso exclusivo de los Investigadores de la ACIP.

 

3º.- Para pertenecer al Gabinete de Investigación en cualquiera de sus ramas (Parapsicología o Ufología) se deberá ser socio de la ACIP y mayor de edad o mayor de 16 años con permiso del tutor por escrito. Habrá que permanecer en un periodo de prueba de tres meses de duración en colaboración con el investigador o investigadores que se le asignen. Tras este periodo, el futuro investigador pasará por una valoración del Director del Gabinete de Investigación y por la Junta Directiva de la ACIP, tras lo cual, estos organismos dictaminarán su decisión. De ser admitido, éste recibirá la credencial de investigador y disfrutará de todas las ventajas de la misma.

 

4º.- La credencial ACIP servirá para identificar a dicho investigador ante la sociedad y deberá ser utilizada de forma discreta y seria. Dicha credencial deberá estar plastificada, con la fotografía del investigador y firmada por el presidente de la ACIP y por el interesado. El investigador deberá llevarla a ser posible en lugar visible durante la investigación para ser identificado de forma inmediata ante cualquier persona o cuerpos de seguridad. Esta credencial es propiedad de la ACIP por ello, deberá comunicarse lo antes posible la pérdida o deterioro de la misma con el fin de confeccionar una nueva para el interesado.

 

5º.- El investigador no recibirá remuneración económica alguna.

 

6º.- El investigador podrá firmar correos electrónicos, documentos y demás como Investigador ACIP, pudiendo incluir en su currículum dicho cargo.

7º.-  Los Investigadores estarán coordinados y dependerán a efectos de notificación y seguimiento del Director del Gabinete de Investigación.

 

8º.- La Dirección del Gabinete de Investigación podrá intervenir en las investigaciones siempre y cuando ello no suponga un obstáculo para las mismas. Aun así, el investigador podrá llevar el peso y la dirección de la investigación teniendo en cuenta los consejos de la dirección.

 

9º.- Todas las investigaciones realizadas por el investigador y notificadas a la ACIP serán propiedad del autor y éste las cederá a la ACIP que podrá hacer uso de las mismas como estime oportuno dentro de la ética personal, moral y siempre velando por la integridad de la imagen pública del autor incluso si éste, por cualquier razón, causara baja en la organización.

 

10º.- Las Investigaciones, tendrán un número de orden de entrada que será la fecha y el investigador y serán publicadas en la medida de lo posible por parte de la organización en los medios que la misma disponga.

11º.- Las Investigaciones serán publicadas tanto en la web de la ACIP como en la revista interna, con el máximo número de detalles que el investigador envíe  (incluyendo fotografías y documentos sonoros y/o audiovisuales) y desde luego respetando la autoría de las mismas.

12º.-  Las Investigaciones Notificadas sólo podrán exponerse en los medios que la ACIP disponga y que tenga el investigador de forma personal, tales como páginas web personales. No podrá exponerse en otras web por razones de integridad de la propia organización por considerarse documentos privados.

13º.- Se deberá notificar como mínimo una investigación cada cuatro meses con el fin de saber que dicho investigador está en activo. Si por cualquier causa no se pudiese realizar en dicho plazo, deberá notificarse por escrito  a la ACIP de igual modo exponiendo los motivos.

La ACIP remitirá este comunicado a la Dirección del Gabinete de investigación.

 

 

14º.- La notificación de las Investigaciones se podrá realizar de dos formas:

A) Por correo electrónico a acip_mail@yahoo.es

B) Mediante correo postal a la siguiente dirección:

A.C.I.P.

Gabinete de Investigación

A/A de Francisco José Bermúdez
C/ Magistral Romero Mengibar nº 6 – 2º
14800 – Priego de Córdoba - (Córdoba)
ESPAÑA

15º.- El Modelo de ficha de investigación será el Siguiente:

- Responsable de la investigación
- Fecha y Hora
- Asistentes o/y miembros de la investigación
- Lugar y ubicación lo más detallada posible
- Motivo de la investigación. Breve descripción y si existiese leyenda o historia.
- Testimonios de terceros o presenciales. Si fuera posible identificaremos a dichos testigos y sus datos de ubicación para poder ser localizados.
- Experimentos realizados y equipos utilizados
- Resultados obtenidos
- Conclusiones a las que se ha llegado
- Notificación si la investigación ha sido finalizada o si está inconclusa.

16º.- Baja de la ACIP como Investigador:

- La revocación o baja por parte de la ACIP del investigador supondrá la destrucción de su  credencial como investigador ACIP.

- Causar baja no es sinónimo de enemistad, por lo que un investigador que por cualquier razón pase por esta situación puede seguir colaborando con la ACIP de forma activa con el consentimiento de ambas partes, sólo que no podrá acreditarse como Investigador ACIP.

- La conclusión de baja de un componente ACIP por parte de la organización será llevada a cabo por la decisión unánime del Gabinete de Investigación y de la Junta Directiva de la ACIP que deberá presentar un informe de los motivos lógicos de la misma al investigador cesado.

- La Credencial de Investigación es intransferible y personalizada y por lo tanto nunca deberá utilizarse por otro investigador que no sea el propio de la misma. Esto se consideraría una falta grave y podría suponer el cese de dicha acreditación.

17 º.- Las modalidades del Gabinete de Investigación serán las siguientes:

- Fantasmas: Investigaciones sobre lugares donde supuestamente se aparecen este tipo de manifestaciones o lugares donde exista algún tipo de leyenda sobre los mismos. Es muy importante realizar fotografías en estos lugares, con el fin valorar la posibilidad de que se observe algo extraño así como de recabar datos históricos relativos al lugar.

- Psicofonías: La grabación de psicofonías en cualquier lugar propicio, puede ser el fruto de una buena investigación. Tanto si los resultados son positivos como sino deben ser tomados en cuenta. Las psicofonías grabadas debemos guardarlas en formato adecuado para su posterior publicación, recomendamos MP3.

- Casas Encantadas : Investigaciones de lugares donde supuestamente se dan este tipo de fenómenos o lugares donde exista algún tipo de leyenda sobre las mismas. Debemos tomar fotografías de las mismas para poder ubicarlas.

- Misterios: Existen multitud de lugares con misterio. Unos de forma histórica y otros desconocida o simplemente popular, tales como cuevas sagradas donde se pueden realizar grabaciones psicofónicas y fotografías, bosques misteriosos etc...

- Poltergeist: Investigaciones de lugares donde supuestamente se dan este tipo de fenómenos o lugares donde exista algún tipo de leyenda sobre los mismos.

- Fenómenos Extraños: El estudio de este tipo de fenómenos puede dar una conclusión muy interesante por la diversidad de temas que lo engloban: Caras de Bélmez, Teleplastias, etc...

- Parapsicología : Experimentar con telepatía, psicocinesis, telemetría, radiestesia, clarividencia etc... puede resultar muy interesante, divertido y concluir en experimentaciones muy valiosas.

- Vida después de la muerte: Hay muchas personas que afirman poseer la facultad de comunicarse con esos otros supuestos planos de existencia. Los mediums son muy variados y hay muchos tipos de ellos según la forma de proceder. Su estudio y análisis puede ser muy válido para elaborar hipótesis y estadísticas.

- Ufología: El estudio de campo de casos de Contactados, Avistamientos, Visitantes de Dormitorio, Sombras Paralizantes, Humanoides, etc…

 

18º.- Con respecto al Gabinete de prensa podrán participar en la revista interna de la ACIP todos aquellos socios e investigadores que deseen colaborar en la misma, mandando sus artículos al mail de la ACIP o al correo postal.

19º.- Cualquier Socio puede pertenecer al gabinete de prensa, notificándolo al director del mismo y siempre y cuando éste, tras notificarlo a la junta directiva, ( siempre y cuando no esté copado el número) lo crea conveniente.

20º.- Los pertenecientes al Gabinete de Prensa deberán informar a los socios de los eventos que la ACIP va a realizar, al igual que a los medios de comunicación cuando se considere oportuno.

21º.- Para ser Delegado/a de una sede de la ACIP en otra ciudad, primero se ha de tener la calidad de Socio. Una vez solicitada la propuesta a la Junta Directiva de la ACIP, ésta la valorará, y de ser positiva, dará los pasos a seguir al futuro delegado.

22º.- El Pertenecer a la ASOCIACIÓN CORDOBESA DE INVESTIGACIONES PARAPSICOLÓGICAS implica el cumplimento del reglamento interno para el buen desarrollo y funcionamiento de la misma.

En Priego de Córdoba a 30 de Agosto de 2004

El Presidente

D. Francisco José Bermúdez Cañas

El Vicepresidente

D. Sebastián Comino Pacheco

El Secretario

D. Francisco Javier Cañadas Muñoz

El Tesorero

D. Antonio David Aguilera Gámiz

( Nueva Edición 23 de Agosto de 2007)




























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